miércoles, 27 de julio de 2016

Nueva política industrial

Javier Pulido Biosca

Ante los cambios que se han dado en el país con la nueva participación privada en la producción de energéticos es necesario que los diversos actores entiendan esta situación, principalmente los privados que estaban acostumbrados a tratar con la empresa pública y su lenta capacidad de respuesta.
Hoy en día es necesario un mayor dinamismo en las respuestas no sólo a los requerimientos de una economía de mercado, sino a las nuevas condiciones en que los impactos de tipo social, ambiental y cultural sean acordes con la reglamentación aprobada para México en las reformas, al mismo tiempo que armónicas con los convenios internacionales signados por el país en los temas de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
El rezago que vive Veracruz en esos temas es un reto para los meses venideros. La participación de los privados en las zonas económicas especiales, en las que Coatzacoalcos vive un entorno novedoso, fuerza a que salgan del nicho en que se mantenían e incidan con proyectos propios en los renglones de infraestructura.
El modelo de las asociaciones público–privadas abre un nuevo horizonte que fuerza a una mayor intervención de los privados. Los que sepan entender que se trata de ir más allá de pedir y decidan aportar proyectos y financiamientos lograrán mejores expectativas. El tiempo dejará ver quiénes son y cómo lo consiguen.


Nueva política industrial

Javier Pulido Biosca

Ante los cambios que se han dado en el país con la nueva participación privada en la producción de energéticos es necesario que los diversos actores entiendan esta situación, principalmente los privados que estaban acostumbrados a tratar con la empresa pública y su lenta capacidad de respuesta.
Hoy en día es necesario un mayor dinamismo en las respuestas no sólo a los requerimientos de una economía de mercado, sino a las nuevas condiciones en que los impactos de tipo social, ambiental y cultural sean acordes con la reglamentación aprobada para México en las reformas, al mismo tiempo que armónicas con los convenios internacionales signados por el país en los temas de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
El rezago que vive Veracruz en esos temas es un reto para los meses venideros. La participación de los privados en las zonas económicas especiales, en las que Coatzacoalcos vive un entorno novedoso, fuerza a que salgan del nicho en que se mantenían e incidan con proyectos propios en los renglones de infraestructura.
El modelo de las asociaciones público–privadas abre un nuevo horizonte que fuerza a una mayor intervención de los privados. Los que sepan entender que se trata de ir más allá de pedir y decidan aportar proyectos y financiamientos lograrán mejores expectativas. El tiempo dejará ver quiénes son y cómo lo consiguen.


Nueva política industrial

Javier Pulido Biosca

Ante los cambios que se han dado en el país con la nueva participación privada en la producción de energéticos es necesario que los diversos actores entiendan esta situación, principalmente los privados que estaban acostumbrados a tratar con la empresa pública y su lenta capacidad de respuesta.
Hoy en día es necesario un mayor dinamismo en las respuestas no sólo a los requerimientos de una economía de mercado, sino a las nuevas condiciones en que los impactos de tipo social, ambiental y cultural sean acordes con la reglamentación aprobada para México en las reformas, al mismo tiempo que armónicas con los convenios internacionales signados por el país en los temas de derechos económicos, sociales, culturales y ambientales.
El rezago que vive Veracruz en esos temas es un reto para los meses venideros. La participación de los privados en las zonas económicas especiales, en las que Coatzacoalcos vive un entorno novedoso, fuerza a que salgan del nicho en que se mantenían e incidan con proyectos propios en los renglones de infraestructura.
El modelo de las asociaciones público–privadas abre un nuevo horizonte que fuerza a una mayor intervención de los privados. Los que sepan entender que se trata de ir más allá de pedir y decidan aportar proyectos y financiamientos lograrán mejores expectativas. El tiempo dejará ver quiénes son y cómo lo consiguen.


viernes, 26 de septiembre de 2014

¿Ejército para la paz?

Javier Pulido Biosca

México, siempre a la vanguardia en cuanto a figurar internacionalmente como un país defensor de los destinos que marcan los EU, ha anunciado que aportará dinero y efectivos militares para el tan cuestionado “ejército de paz” que tiene la ONU.

Esta acción es más que contradictoria: México, un “país pobre” (empobrecido por una constantemente mala administración pública), se quiere poner a la par de los países ricos (enriquecidos a partir de la expoliación de los recursos naturales de los países pobres).

Y es gracioso que haya “ejércitos de paz”, como si la renombrada paz fuera el triunfo de una guerra en vez de ser considerada como la solución de posibles conflictos.

Es paradójico también que México, uno de los países con mayor inseguridad en el orbe, con un elevado número de violaciones a los derechos humanos, país donde una reciente “reforma” laboral ha significado un retroceso en los derechos económicos de los trabajadores, donde casi el 60 por ciento de los empleados carecen de seguridad social, pensiones, ahorro para el retiro.

México, un país donde los grandes delitos de funcionarios y sus amigos quedan impunes y donde el poder judicial primero sanciona a un inocente o encarcela a un indígena antes de sancionar a un Gastón Azcárraga por los fraudes cometidos contra Mexicana de Aviación, o a un Bribiesca Sahagún por el nepotismo subyacente en los fraudes contra Pemex y el Citi Bank. Este México, se presenta cínicamente como parte de los “Cascos Azules”, que es como la ONU llama a su “ejército de paz”.
Y, para colmo, el costo de esas decisiones de ilusos lo pagaremos todos los mexicanos.

Y no queda otro remedio sino doblegarse ante esa tiranía que mal gobierna al país y en la que prosperan el autoritarismo, la impunidad y el engaño.


¿Qué clase de orgullo patriota es este?

viernes, 29 de agosto de 2014

Las reformas y el cobro ilegítimo

Siguiendo Pistas
Juan Antonio Valencia

Para la gran mayoría pasó desapercibido un hecho, pese a que un número respetable de mexicanos se verán involucrados en lo futuro y en riesgo su patrimonio personal.

El 2 de abril de 2014, hace cuatro meses, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el nuevo Reglamento del Código Fiscal de la Federación para el ejercicio 2014, abrogando el reglamento anterior, mismo que entró en vigor el 3 de abril de este año en el mayor de los sigilos.

El Senado de la república, aprobó mayores facilidades a bancos y financieras, a fin de que puedan recuperar con la mayor garantía los recursos financieros otorgados a particulares, evitando así la morosidad de los deudores y acortando el plazo de los pleitos mercantiles que generaban mayores gastos.

Con todas las garantías para los acreedores, como el arraigo y el secuestro de los bienes del deudor, solo el PRD se opuso a esa medida que ubica al deudor en franca desventaja, sin embargo la alianza PAN,PRI y Verde Ecologista, fue abrumadora y la reforma financiera se hizo.

Hace al menos trece años, obtener un crédito, ya no bancario, sino, mueblero, era sumamente difícil. Sin embargo al abrirse la competencia, todos  los créditos se ablandaron y  con la aparición de las financieras, en competencia con los bancos, cualquier persona que aportara comprobante de domicilio y de identidad, obtenía un crédito.

LA VORACIDAD

El fenómeno se creó a que toda persona era sujeto de crédito, aun cuando no tuviera la solvencia económica necesaria, como para enfrentar los pagos del crédito. Las financieras en competencia pasaron por alto este factor y buscaron tener el mayor número de afiliados. Los bancos ofrecían créditos nominales, con mínimas garantías.

Cuando empezaron las deudas y la morosidad como consecuencia de la insolvencia, y en los bancos, sus afiliados a créditos fueron despedidos de sus empresas; tanto los bancos como las financieras se valieron de despachos de cobranzas, quienes se hacían y aún se hacen pasar, como agentes de la Procuraduría del Estado o Jueces Civiles, para cobrar en “diligencias” extrajudiciales, los adeudos.

Y aun mas, valiéndose de la ignorancia de sus deudores, les embargaban bienes para presionarlos a pagar, evitando así las largas y costosas demandas mercantiles, pero violando las leyes penales y civiles y los derechos de sus clientes.

A petición de la banca, el Senado estudió el fenómeno y resolvió endurecer las leyes para proteger el crédito y al acreedor que expone su dinero, pero en el entorno dio todas las ventajas al capitalista.

A partir de que entró en vigor la nueva ley, toda persona física o moral que solicite un crédito y no pueda solventar un adeudo, será objeto de arraigo domiciliario y secuestro o aseguramiento de sus bienes, para garantizar la deuda, mientras se desarrolla el juicio de garantía.

En lo que refiere a la figura del arraigo, no es precisamente como el de tipo de penal, en un hotel de la localidad, sino más bien que la persona demandada, no abandone el lugar en donde radica, mientras enfrenta el juicio.

LOS PUNTOS POLÉMICOS DE LA REFORMA

El Artículo 1104 de esa reforma establece que el acreedor, elegirá el domicilio de cualquiera de las partes; como el lugar de cumplimiento de alguna de las obligaciones contraídas, o el de la ubicación de la cosa.
Anteriormente la ley marcaba que el deudor, designaba el lugar para ser requerido judicialmente o el lugar designado en el contrato para el cumplimiento de la obligación o el domicilio del deudor, ahora, con la reforma, el domicilio lo elegiría el acreedor y la afectación es enorme, ya que si el domicilio del acreedor se ubica por citar un ejemplo, en Coahuila y el del deudor en la ciudad de Agua Dulce, o en Cosamaloapan en el estado de Veracruz , todo el juicio se seguiría en la ciudad de Coahuila, lo que puede resultar sumamente costoso para el deudor.

El artículo 1168, que establece  la figura del arraigo domiciliario del deudor, será concedido por el juez de juicio, solo con que el demandante asiente bajo protesta de decir verdad, que tiene el temor fundado de que el deudor  se ausente u oculte.

Anteriormente para solicitar el arraigo, el acreedor debía probar con documentos o testigos el temor fundado, de que la persona iba a abandonar el lugar del juicio.

Sobre el secuestro de bienes, que establece el nuevo reglamento, es una especie de embargo anticipado al juicio, y basta actualmente  probar con testimoniales o documentales, el temor de que no haya bienes suficientes.

LAS GARANTIAS

En los juicios anteriores que por la vía ordinaria se seguían, primero se tenían que ganar y esperar a que la sentencia causara estado, para proceder a la ejecución y posterior embargo de los bienes para garantizar el adeudo.

Ahora, no se necesita probar, sino que basta con la manifestación bajo protesta de decir la verdad, que el acreedor tendrá todas las garantías, sobre su deudor.

Porque no es lo mismo seguir un juicio habiendo embargado bienes con anticipación con la nueva ley, que abrir un juicio como en años anteriores, con el riesgo de no poder embargar, esto da toda la ventaja a los bancos.

Esta medida aplica para todos los que deban dinero a bancos, uniones de crédito, financieras, agiotistas o prestamistas, y a tiendas departamentales, con ello se busca que las personas que prestan dinero tengan una garantía de forma más ágil, para acortan plazos, y puedan recuperar su dinero.

La banca y el Senado de la república, consideran que haciendo más fácil la recuperación de ese dinero, se puede abaratar el crédito. Sin embargo al recurrir a figuras jurídicas que son muy duras, para garantizar el éxito de recuperación, en algún momento, podrían presentar visos de inconstitucionalidad. Solo basta buscarle la forma.

LA COBRANZA ILEGÍTIMA

Pero no todo adeudo sería motivo de demanda, porque existen los adeudos mínimos, por los que un acreedor no considera rentable una demanda que podría salir más costosa que el adeudo en sí.
Es ahí en donde se seguirá recurriendo a los despachos de cobranzas, cuyo personal se hace pasar por abogados, actuarios, secretarios de acuerdos y jueces. Hasta el momento es el gobierno del Distrito Federal, quien promulgó reformas al Código Penal y aprobó en pleno, el artículo 209 BIS, que considera ya, como delito la cobranza ilegitima.

El nuevo artículo dice que “Cobranza ilegítima, cuando una persona requiera el pago de una deuda a través de medios ilícitos e ilegítimos, se valga de engaño, hostigamiento e intimidación, se le sancionara con 6 meses a 2 años de prisión y multa de 150 a 300 días de salario mínimo vigente, si en ello se emplean documentos, sellos falsos o usurpen funciones públicas o de profesión”.

“La protección de la ley contra la intimidación u hostigamiento aplica no solo al deudor sino también a quien funja como referencia o aval. Para la reparación del daño cometido se estará a lo dispuesto en el artículo 46 del Código Penal para el Distrito Federal, donde se refiere, entre otros aspectos, que están obligados a reparar el daño " los dueños, empresas o encargados de negociaciones o establecimientos mercantiles de cualquier especie, por los delitos que cometan sus obreros, jornaleros, empleados, domésticos y artesanos, con motivo y en desempeño de sus servicios".
En Veracruz, aun cuando se ha comentado la posibilidad de etiquetar como delito la cobranza ilegitima; quienes se ven afectados por la forma de cobro, recurren por la vía penal, por delitos como usurpación de funciones, coacción y amenazas, allanamiento de morada y hasta lesiones, cuando el cobrador es muy agresivo

Todo esto, porque las empresas de cobranza, recurren al engaño a la intimidación para recuperar el crédito, en lugar de demandar por la vía mercantil, un adeudo que tiene precisamente ese carácter.
Por todo lo anterior debe prevalecer la legalidad, y aunque con las nuevas leyes los banqueros y agiotistas tienen las ventajas sobre los deudores, no son precisamente los bancos, quienes obligan a los ciudadanos, a pedir dinero. Pero si debe ser obligación del que presta el dinero, certificar la solvencia de su cliente.

LOS MOROSOS A SALVO

Se debe precisar como información, que las nuevas leyes  del código fiscal, no tienen aplicación retroactiva. Es decir que las personas que deben a bancos y financieras y se declararon en moratoria mucho antes de que entrara en vigor la reforma, no pueden ser demandados ahora, y buscar la aplicación de la nueva reforma, porque de acuerdo al artículo 14 Constitucional, a ninguna ley se le dará efecto retroactivo en perjuicio de persona alguna. 

Para tal efecto se considera como inicio del proceso, la fecha en que el deudor sea demandado. En este caso, la reforma si aplicaría, para todos los deudores que actualmente dejaron de pagar y son morosos. 
En caso especial, si el adeudo data de más de tres años a la fecha, en que se firmó el pagaré; este ya prescribió y no tiene ningún efecto, más que el que le pueda dar o intente dar el despacho de cobranza, para recuperar la cartera, pero cualquier cobro que se haga sería ilegal. No válido.

Ante todo esto, el ciudadano tiene la disyuntiva de obtener un crédito previo estudio de su situación económica, y pagarlo o abstenerse de solicitarlo si no tiene solvencia.

Pedir dinero para celebrar una fiesta de quince años, o para acudir de viaje de placer, ya no será un buen objetivo, lo mejor será tratar de no aparentar lo que no podemos ser…


Correspondencia; javmina@hotmail.com

miércoles, 27 de agosto de 2014

El voraz monopolio de la CTM


¿Quién será que manipula a la CTM en Coatzacoalcos?

La pregunta tiene sentido si pensamos en ¿quién será el que hace raras maniobras para bloquear el acceso y la salida de Etileno XXI?

No parece pertinente que una empresa transportista, convertida en monopolio –cosa prohibida por las leyes mexicanas y de todo el mundo– quiera abusar de su posición ilícitamente privilegiada.

¿El pretexto? Incrementar las tarifas previamente acordadas. Pretexto que no suena coherente con las acciones: por un lado, en 2012 negociaron un incremento del 12% con los constructores de la enorme planta que contrata a más 14 mil trabajadores.

El enorme 12%, que es ya de suyo mayor cuando las empresas que han tenido incrementos han sido de aproximadamente el 4% anual. Sobre todo, si se entiende que la mayor parte de las empresas no han tenido incremento alguno desde 2009 y que lo que fue un salario decente hace cinco años hoy es un salario esclavizante. ¿Es que la CTM ha luchado por que los salarios en las diversas empresas se incrementen más del 6% anual?

Nada de eso ha hecho la manipulada CTM, porque responde a los designios de sus patrones. ¿Qué patrones quieren sacar dinero de la constructora que ha contratado más de 14 mil trabajadores diarios en los últimos 2 años?

El argumento de que los combustibles han tenido fuertes incrementos no es válido tampoco para esta central que se ostenta como obrera. ¿Cuándo se ha visto que los diputados de la CTM se opongan a los llamados “gasolinazos”?

¿O usan estos incrementos para lucrar con ellos? El alza de los combustibles no es de ninguna manera un argumento para secuestrar las instalaciones o impedir el transporte del personal.

Es cierto que en julio 2012 el litro de diesel costaba $10.63 y en el mismo mes de 2014 tiene un precio de $13.28. Una diferencia de $2.65, que equivale a casi el 20% del precio del combustible. Pero eso no es tampoco argumento para la central que se pretende obrera y que ha avalado los bajos incrementos salariales y las alzas de combustibles.

¿Ha escuchado usted de un paro nacional para exigir mejores salarios? ¿O de un paro para exigir cero incrementos al combustible?

Si no ha hecho estas cosas la CTM, ¿Puede exigir a una empresa un arbitrario aumento de sus tarifas?
Y tampoco es en la Secretaría del Trabajo donde se negocian contratos de los prestadores de servicios. Los contratos deben ser respetados al precio que se acordaron y con el plazo fijado. No hacerlo además de descalificar a la empresa transportista que se ampara en la CTM, puede ser penalizado en los tribunales civiles.

Y, claro, queda libre la empresa constructora Etileno XXI de contratar con cualquier prestador de este servicio, fuera ya del ilícito monopolio de la CTM. Esto se debió hacer desde hace cuatro años para no quedar en manos de las maniobras de los líderes explotadores tanto del trabajador como de la necesidad de la empresa.

Eso sí, ya está el antecedente para que, cuando inicie operaciones el consorcio Braskem–Idesa, negocie con empresas reales, y evite a los dirigentes de monopolios ilícitos como la CTM.

 Y todavía, después de esto, hay los que quieren decir que los ejecutivos de la empresa no cumplen con su función.

Twitter: @JPBiosca


viernes, 1 de agosto de 2014

Legaliza Veracruz la impunidad


Veracruz legaliza la impunidad
Otra más de las muestras de ignorancia supina de quien gobierna Veracruz está en la pretensión de ley que legaliza la impunidad de los funcionarios en Veracruz.

Según esta ley, ilegal por ser anticonstitucional, los ciudadanos tendrán suspendido su derecho a demandar a los funcionarios en los casos en que cometan ilícitos que afecten a particulares, o que los ciudadanos tengan evidencias de faltas a las leyes, o que, por la vía de la protesta social, expresen sus exigencias para los funcionarios cumplan con las responsabilidades asignadas.

Es también muestra que confirma la completa ignorancia de los derechos que tienen los diputados veracruzanos quienes, exceptuando a una única excepción, muestran su catastrófica incompetencia.
Podemos subrayar el carácter ilustrado de la diputada Mónica Robles, quien tuvo el conocimiento suficiente como para entender que detrás de la iniciativa duartista se esconden severas violaciones los derechos constitucionales y a los convenios internacionales.

Y es que ese desconocimiento de 43 diputados jarochos pone en evidencia, nuevamente, la catastrófica ignorancia de la ley que tienen estos personajes cuya función es –paradójicamente– la de crear leyes.

Con esto se vislumbra –según algunos– la más completa impunidad para los funcionarios, contraviniéndose uno de los principios liberales que hace a todos los ciudadanos iguales ante la ley.

Pero las leyes en México deben seguir los derechos humanos consignados en la Constitución Política Mexicana, siguiendo los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad, sentados en el Artículo Primero.
Así que, a menos que la risa les gane, los magistrados de la Suprema Corte, nuevamente echarán por tierra las fallidas aspiraciones de Duarte de Ochoa para suspender los derechos de la totalidad de los pobladores de Veracruz.

Y para que recuerden, tenemos algunos párrafos de los textos constitucionales
El Artículo Primero consigna que:

“Todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley”.

Y del Artículo Segundo

“Queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, el género, la edad, las discapacidades, la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones, las preferencias sexuales, el estado civil o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas”.
Cierto, la “ley de la impunidad en Veracruz” establece una discriminación entre los funcionarios públicos y el resto de la población.

El Artículo Noveno señala que:

“No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país. Ninguna reunión armada, tiene derecho de deliberar.

“No se considerará ilegal, y no podrá ser disuelta una asamblea o reunión que tenga por objeto hacer una petición o presentar una protesta por algún acto, a una autoridad, si no se profieren injurias contra ésta, ni se hiciere uso de violencias o amenazas para intimidarla u obligarla a resolver en el sentido que se desee”.
Esto último elimina, automáticamente la “ley de impunidad en Veracruz”, convirtiéndola en una absoluta farsa, por lo que los 43 diputados que la avalaron pueden sir llamados con todo rigor unos farsantes.


Twitter: @JPBiosca